El TS exonera de tributar el IRPF en la reinversión de una vivienda en construcción, aunque se habite pasados dos años

El Tribunal Supremo ha sentenciado que la reinversión en una vivienda habitual en fase de construcción dentro del plazo de dos años está exenta de IRPF. De esta forma, los contribuyentes no están obligados a incluir este dinero para su tributación siempre que se demuestre que el importe de la venta del inmueble de la residencia habitual se destina a la compra de la siguiente como recoge la ley.

Así, la reinversión en la vivienda habitual en fase de construcción puede realizarse sin pagar este impuesto en un periodo de dos años aunque no se habite en este plazo. Tampoco sería necesaria la entrega material de la vivienda o el dominio del inmueble como tal.

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