El Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña (TEARC) ha resuelto que el espectáculo deportivo tanto en Segunda División B como Tercera División se tiene que considerar de carácter aficionado y, por tanto, el tipo de IVA a aplicar es el reducido del 10%. Dejando el tipo general del 21% solo para la Primera y Segunda División A de fútbol.
Hasta ahora, la Administración de Hacienda consideraba que el hecho de tener alguna ficha de jugador profesional en la plantilla del equipo, ya comportaba que el espectáculo se considerara de carácter profesional, mientras que el TEARC concluye que corresponde al Consejo Superior de Deportes la calificación de un deporte como profesional, sin perjuicio de que algunos jugadores tengan licencias profesionales.
Esta resolución abre la vía para recuperar el IVA ingresado de más.