AMPLIACIÓN ERTEs hasta 30 Junio

A falta de su publicación en el BOE os indicamos los principales puntos del acuerdo entre patronal, gobierno y sindicatos:

Las empresas con ERTE por fuerza mayor podrán mantenerlo hasta el 30 de junio.

Si reinician la actividad pasarán a fuerza mayor parcial, debiendo reincorporar a los trabajadores en la medida necesaria para el desarrollo de la actividad, manteniendo en el ERTE al resto hasta el 30 de junio.

Se podrá pasar de ERTE por fuerza mayor (total o parcial) a ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción, pudiendo presentar el 2º durante la vigencia del 1º.

Se mantiene la exoneración de cuotas hasta el 30 de junio para los ERTE de fuerza mayor total.

Para los parciales la exoneración será: de los reincorporados será del 85% en mayo y 70% en junio (Si tiene más de 50 trabajadores 60 y 45%). De los que no se reincorporen 60 y 45% (o 45 y 30% si tiene más de 50 trabajadores).

Estas exoneraciones se aplicarán previa comunicación de la empresa del carácter total o parcial del ERTE.

Para acogerse a esta bonificación las empresas no podrán repartir dividendos correspondientes al ejercicio fiscal en que se apliquen las bonificaciones (solo para empresas de más de 50 trabajadores).

Si después del 30 de junio quedasen actividades con restricciones se ampliará para esa actividad los ERTE.

Se flexibiliza la restricción al despido por ALVAGUARDA DEL EMPLEO

  • No se aplicará en actividades con alta variabilidad o estacionalidad (ejplo turismo y hostelería)
  • No se aplicará en las empresas que concurra riesgo de concurso de acreedores.
  • No se entenderá incumplido en los contratos temporales por expiración del tiempo y/o terminación de obra.
  • En caso de incumplimiento solo habrá que devolver las cuotas exoneradas.

 

 

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