¿Está preparada tu empresa para el de Coronavirus?

Para muchas empresas la crisis del coronavirus empieza a generar tensiones y/o dificultades a la hora de abastecerse de productos que se elaboran mayoritariamente en fábricas chinas.
Para estos efectos negativos, nuestro ordenamiento prevé una serie de medidas que las compañías pueden adoptar en caso de tener problemas económicos, técnicos, organizativos o de producción o “derivadas de una causa de fuerza mayor” (como es el caso de una epidemia).
Suspensión
Artículo 47 del ET, la empresa puede reducir la jornada de los trabajadores o, en su caso, de toda la plantilla, hasta que se restablezca la relación con su proveedor Chino.
Derecho a desobedecer
¿Puede un empleado negarse a viajar por trabajo a zonas con riesgo de contagio? ¿Y a asistir a una reunión con los directivos de una multinacional china? Depende del caso concreto.
La regla general en derecho laboral es solve et repete (cumple y reclama) Sin embargo, el empleado “no está obligado a cumplir una orden que ponga en peligro su salud”, por lo que se podría de¬soír una orden empresarial “siempre y cuando exista un riesgo claro de peligro”.
Además, la ley de prevención de riesgos laborales exige a las compañías garanti
zar la seguridad y la salud de su plantilla, por lo que habrá que analizar con el servicio de prevención cada situación concreta.

NOTA: ENFERMEDADES EN VIAJES DE TRABAJO
Vacunas. La falta de prevención al mandar a un trabajador a un país donde existe riesgo de contagio de una enfermedad (Ejplo vacuna) puede suponer una condena para la empresa. Sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Aragón..
Accidente laboral. Contraer una enfermedad durante un viaje de negocios puede ser considerado accidente de traba
jo. Así lo estableció en 2015 el Tribunal Supremo.

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